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martes, 20 de abril de 2021

Ordenan que no se computen las faltas del alumnado que no concurra a clases

Es una decisión del Juez en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo Guillermo Scheibler

Poder Judicial FOTO: CMCABA
Poder Judicial FOTO: CMCABA

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -CMCABA- informó que el Juez en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo Guillermo Scheibler ordenó que no se computen las faltas del alumnado que no concurra a clases.

buenosairesinforma.com reproduce texto difundido por el CMCABA:

“El titular del Juzgado n.° 13 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, Guillermo Scheibler, resolvió: «I. HACER LUGAR PARCIALMENTE A LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA y por lo tanto ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que: a) se abstenga de computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos/as alumnos/as cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos/as a los establecimientos educativos y b) adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual del colectivo involucrado en autos. Todo ello hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto a la constitucionalidad del artículo 2º del DNU 241/2021 o hasta el cumplimiento el plazo dispuesto en dicho artículo, lo que ocurra primero».

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