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martes, 21 de enero de 2020

Condena de tres años de prisión en suspenso a un hombre por golpear a su pareja

La investigación fue realizada por la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N° 17

MPFCABA FOTO: MPFCABA
MPFCABA FOTO: MPFCABA

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -MPFCABA- informó que se condenó a un hombre a tres años de prisión en suspenso a un hombre por golpear a su pareja. Desde el MPFCABA señalaron que la investigación fue realizada por la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N° 17.

buenosairesinforma.com reproduce texto difundido por el MPFCABA:

“Por haber golpeado y agredido brutalmente a su pareja, se condenó a Julio César Giménez Segovia a tres años de prisión en suspenso. La condena fue dictada siete días después de que ocurrieran los hechos.

Producto de los golpes, la víctima presentaba fracturas en su mandíbula y cráneo. Además, por haber recibido golpes en la cabeza, su visión quedó comprometida.

La investigación fue llevada a cabo por Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas n° 17, a cargo del Dr. Walter López, quien pudo determinar que las lesiones habían sido causadas en un contexto de violencia de género, cuando Giménez Segovia golpeó a su pareja reiteradas veces en el rostro y en el cuerpo. La Fiscalía pudo corroborar que algunas de las lesiones eran de carácter grave, según lo establecido por el artículo 90 del Código Penal de la Nación.

Los hechos ocurrieron el 1 de enero de 2020 y el personal de la Policía de la Ciudad acudió al domicilio que la pareja compartía en el Predio Gama del Barrio 31/31 Bis, a partir de un llamado al servicio de emergencia 911.

La causa se enmarca en un contexto de violencia contra las mujeres, conforme lo establecido en la Ley 26485, y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belem do Pará), la cual en su artículo 1° define que se entiende por violencia contra la mujer “cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento, físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”, al tiempo que en su artículo 2° establece que “violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica”.

En este sentido, el juez a cargo del Juzgado en Penal, Contravencional y de Faltas N° 23, Dr. Norberto Circo, consideró adecuada la calificación legal y la condena solicitada por el Fiscal y sentenció a al imputado a tres años de prisión en suspenso, con costas, como autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves y graves”.

 

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